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Empresarios y empleados, no olvidéis este trámite

Empresarios y empleados, no olvidéis este trámite

Empresarios y autónomos con trabajadores al cargo no deben olvidar realizar una serie de trámites para evitar posibles sanciones. El momento de tener que despedir a un empleado puede ser difícil, sobre todo por el ámbito personal que haya unido al empresario con él. Pero, además, puede ser más doloroso si se ve obligado a enfrentarse a una multa por falta de trámites obligatorios.

Es obligatorio que se entregue un certificado de empresa al desempleado. De esta manera, el trabajador podrá presentarlo como derecho a su prestación, acreditando su situación legal. Corresponde a la empresa darle este documento al empleado. Para ello, se puede presentar enviando los datos correspondientes al trabajador al SEPE. Otra posibilidad es realizarlo a través de la web. El empresario deberá introducir los datos correspondientes en línea desde la propia página web.

Certificado de empresa el día del despido

Este documento debe entregarse al trabajador el mismo día en el que se le comunique el despido. O, en caso de que el trabajador lo solicite, al día siguiente de dicha petición. Este certificado se debe entregar en casos de suspensión y/o reducción de jornada, además de los despidos. De no entregarlo, la empresa puede ser sancionada con multas. Por esta razón, es muy recomendable tener claros todos los trámites necesarios a realizar a la hora de prescindir de un empleado, evitando sorpresas más desagradables. Las nuevas tecnologías han facilitado muchas de estas gestiones, dando la posibilidad de hacerlas de manera telemática.

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