Los contratos laborales más usados en 2019: solo un 7% han sido de carácter indefinido
Existen más de diez tipos de contratos en nuestro país. Usar una modalidad u otra dependerá de las decisiones de los empleadores en función de la actividad económica y de las necesidades productivas. Lo cierto es que España se mantiene reacia a la contratación indefinida. Para comprender la situación, el Observatorio del Contrato de Formación y Aprendizaje de Audiolís, centro de empleabilidad, ha hecho una radiografía de cómo se ha contratado en nuestro país en lo que llevamos de año.
Pensamientos a corto plazo
Más de un 85% de los contratos que se han firmado en España en 2019 son por obra y servicio o eventuales por circunstancias de la producción, según datos del Servicio Público Estatal de Empleo. De los más de 17 millones de contratos firmados en lo que va de año, el 56% son contratos eventuales y el resto, un 29%, por obra y servicio. En ambas modalidades predomina la contratación de hombres. En el caso de los contratos eventuales, el 52,1% de esos contratos lo han firmado hombres y el 47,89% mujeres. Una tendencia que se incrementa en los contratos por obra y servicio, siendo el 62,64% de hombres y el 37,36% de mujeres.
Se trata de los tipos de contrato más populares. Aunque no podemos olvidar que existen otras modalidades temporales como, por ejemplo, los contratos por interinidad o sustitución de bajas.
La razón por la que España contrata por tiempo determinado en lugar de indefinido quizá sea el carácter turístico del país. Esto implica que los picos más altos de contratación se produzcan en los meses de vacaciones o Semana Santa donde aumenta el consumo en hostelería y comercio.
En cualquier caso, muchas de las empresas de nuestro país, aun no siendo turísticas, huyen del contrato indefinido y apuestan por modalidades temporales. Lo cierto es que los períodos de prueba de los contratos indefinidos no tienen el uso que deben y parece que la solución para poder prescindir de un empelado en cualquier momento son los contratos de carácter temporal.
Ante esto, Francisco Javier Vela Torres, presidente de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Málaga dice, en declaraciones para la revista Párrafo Legal; que no entiende “ese horror de la empresa privada a hacer indefinido al trabajador”. Para justificar estas palabras, el letrado Vela Torres hace alusión a que los despidos en cualquier modalidad de contrato no son un problema. “Realmente cuando un contrato temporal termina, hay que abonar una indemnización, no hay tanta diferencia con el despido en un contrato indefinido”, afirma Francisco Javier Vela Torres para Párrafo Legal.
Contrato indefinido, desafío para empresas
Que solo el 7% del total de los contratos firmados hasta octubre de 2019 sean contratos indefinidos no es más que una muestra de un tejido empresarial reacio a esta modalidad contractual. Es más, crece progresivamente la preferencia por los contratos temporales ya que en el mismo período de 2018 el número de contratos indefinidos fue un 7.52% más alto.
Las empresas necesitan la flexibilidad que les da el contrato temporal. Con éste, el proceso de ponerle fin a la relación laboral se simplifica. La indemnización por fin de contrato en el contrato temporal es de 12 días de salario por año trabajado. Una historia que se complica en el caso de los contratos indefinidos que obligan a la empresa a pagar 20 días de salario por año trabajado si es despido objetivo y 33 si es improcedente.
La realidad en contra de la estabilidad
Teniendo en cuenta los datos anteriores, la radiografía de empleo en España no parece ser una de las mejores noticias para aquellos que luchan por entrar al mercado laboral y quedarse.
Además, desde enero de este año y con la llegada del Real Decreto-Ley 28/2018, de 28 de diciembre, el contrato de formación es el único contrato bonificado que queda, puesto que esta norma elimina otros contratos que tenían estos privilegios, incluyendo entre ellos los incentivos a la contratación en prácticas. Esta medida ha provocado un descenso del casi el 20% de los contratos de prácticas con respecto al mismo período del año anterior.
Por su parte, el contrato de formación suma, en lo que va de año, más de 100 mil firmas. Las empresas lo tienen claro, las bonificaciones exclusivas del contrato de formación y las posibilidades de incorporar a jóvenes que además de trabajar, reciben formación específica del puesto, hace que esta modalidad de contratación sea una opción muy atractiva.
*Si te ha resultado interesante este artículo, te animamos a seguirnos en TWITTER
y a suscribirte a nuestra NEWSLETTER DIARIA.
RRHHDigital
All copyrights for this article are reserved to Portada