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Decretado el Estado de Alarma

Decreta el estado de alarma para poner a todas las autoridades del Estado a las órdenes del Gobierno. Sólo se podrá circular por la calle para adquirir alimentos, ir al hospital o acudir al trabajo

POR RRHH Digital,


14:26 – 14 de Marzo del 2020

El Gobierno ha decretado este sábado el estado de alarma por segunda vez en democracia para frenar la expansión del coronavirus. Según el texto que se dispone a aprobar el Consejo de Ministros en la reunión extraordinaria que está celebrando en Moncloa, desde hoy se confina a los españoles en sus domicilios salvo en casos concretos y se pone a todas las autoridades del Estado a las órdenes del Gobierno de la nación.

Sobre la circulación de personas, el Gobierno se dispone a aprobar una orden en la que sólo se permitirá salir del domicilio en estos casos:

1. Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.

2. Asistencia a centros sanitarios.

3. Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.

4. Retorno al lugar de residencia habitual.

5. Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

6. Desplazamiento a entidades financieras

7. Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

8. Cualquier otra actividad de análoga naturaleza debidamente justificada.

De esta manera, los ciudadanos tendrán cierta libertad de movimientos a pesar de las restricciones. Lo que se prohíbe de forma expresa es cualquier salida por motivos de ocio.

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