Para aquellos contratos que hayan finalizado durante el confinamiento
Los trabajadores temporales podrán acceder a un subsidio especial
El Gobierno ha puesto en marcha una prestación por desempleo extraordinaria de 440 euros que cubrirá a los trabajadores con un contrato temporal que no puedan acceder a otro subsidio
POR RRHHDigital,
12:28 – 01 de Abril del 2020
El pasado martes se aprobó en el Consejo de Ministros una medida favorable a los trabajadores temporales, uno de los colectivos más vulnerables en el mercado laboral, más si cabe en estas circunstancias. Por ello, el Gobierno ha puesto en marcha una prestación por desempleo extraordinaria de 440 euros destinada a trabajadores cuyo contrato temporal haya finalizado.
Eso sí, el Ejecutivo establece una serie de condiciones que deben cumplir para recibir esa ayuda económica:
- Que la finalización del contrato se haya producido durante el estado de alarma (a partir del 15 de marzo)
- Que no tengan el tiempo mínimo de cotización para acceder a otra prestación por desempleo
- Que su contrato fuese de al menos dos meses de duración
Esta prestación será incompatible con cualquier otro tipo de ayuda concedida por el Estado por cualquier administración pública. Por supuesto tampoco se podrá cobrar a la vez que otro subsidio de desempleo. La medida, de carácter excepcional, se prorrogará hasta el final del estado de alarma e, inicialmente, por el plazo de un mes.
Se trata de otra de las medidas que el Gobierno está aplicando para proteger a los trabajadores temporales. La pasada semana ya se aprobó la prohibición de los despidos por causas relacionadas con el coronavirus y también quedó vigente que los contratos temporales, incluidos los los formativos, de relevo e interinidad, se mantendrán vigentes hasta que concluya la crisis sanitaria.
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