La Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha iniciado una campaña de detección de irregularidades o fraudes en los ERTE. Comenzó el 1 de junio con un envío masivo de comunicaciones a las empresas que se han acogido a ERTEs a causa del Covid-19, como método disuasorio de cometer fraudes e incidiendo en la protección y uso responsable de los recursos públicos. Pero la campaña no acababa ahí, sino que se prevé una intensificación en las visitas a los centros de trabajo con el fin de detectar posibles fraudes e irregularidades que hayan podido cometer las empresas e incluso los trabajadores.

Como la propia Inspección de Trabajo reconoce en su comunicado, harán hincapié en detectar incumplimientos o prácticas irregulares. En concreto, menciona la investigación del reinicio de la actividad sin la comunicación previa al Servicio Público de Empleo Estatal (en adelante, SEPE), es decir, detectar que existan personas trabajadoras afectadas por un ERTE y que las mismas se encuentren trabajando ya sea de forma presencial o teletrabajando. Si el ERTE ha suspendido sus contratos de trabajo o si ha reducido las jornadas laborales de las personas trabajadoras, controlarán que las mismas no trabajan fuera de la jornada establecida en el ERTE.

¿QUÉ FRAUDES SE PERSIGUEN?

Hemos podido comprobar que la Inspección de Trabajo, además de lo anterior, también investiga otras prácticas irregulares tales como:

  • la tramitación por parte de empresas de datos falsos o inexactos para generar prestaciones indebidas como, por ejemplo, dar de alta a una persona trabajadora en una empresa para incluirla en un ERTE y así beneficiarse de la prestación,
  • subir las cotizaciones con el fin de que la prestación por ERTE aumente,
  • finalizar contratos temporales durante un ERTE sin causa que justifique dicha extinción o, por ejemplo, otra, no incluir a trabajadores fijos-discontinuos en el propio ERTE.

Estas infracciones tendrán consecuencias directas contra la empresa que las cometan, que podrán oscilar en una sanción económica desde 6.251 € hasta 187.515 € por cada infracción cometida, teniendo en cuenta que por cada persona trabajadora se comete una infracción. Así mismo, también podrá tener consecuencias para la persona trabajadora que, si incurre en este tipo de fraudes sin dolo o culpa, solo tendrá que devolver la prestación, pero que si incurriese dolo o culpa podrá ser sancionada por Inspección de Trabajo con la devolución de la prestación percibida, se extinguirá su prestación por desempleo y podrá perder por un año cualquier prestación e incluso la Ayuda de Fomento del Empleo.

EL REGISTRO DE JORNADA

Como ya refiere el mencionado comunicado del Ministerio de Empleo y Economía Social, Inspección de Trabajo prestará especial atención a las denuncias que se interpongan por fraude en los ERTE, e incidirá en la comprobación del registro de la jornada de trabajo de la plantilla de la empresa con el objetivo de controlar que personal reincorporado del ERTE no realizan horas extraordinarias mientras se mantienen a otros trabajadores en situación de ERTE.

SANCIONES PARA LA EMPRESA Y EL TRABAJADOR

Una pregunta que nos hacen muchas empresas es si pueden realizar contrataciones cuando la empresa se encuentra acogida a un ERTE, y la respuesta es “depende”. Dependerá de si la empresa va a contratar personas para realizar funciones que puedan realizar sus trabajadores afectados por el ERTE o no. Por tanto, o bien si por necesidades del mercado o bien porque esas necesidades no puedan ser atendidas por los trabajadores de la plantilla de la empresa, sí se podrán realizar esas nuevas contrataciones, pero en caso contrario se estaría cometiendo un fraude sancionable con multa. Se entendería que los nuevos contratos de trabajo realizados estarían celebrados en fraude de ley, por lo que los trabajadores adquirirían la condición de indefinidos y se comunicaría por parte de Inspección de Trabajo al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y a la autoridad laboral que es un ERTE fraudulento y que debe ponerse fin al mismo.

Por tanto, el control que ya está llevando a cabo la Inspección de Trabajo en las empresas puede conllevar sanciones que, por mala praxis o por errores en la propia tramitación del ERTE, pueden se importantes, no solo para las empresas sino también para los trabajadores, y habrá que estar a cada caso concreto para conocer con exactitud los motivos de cada propuesta de sanción y la viabilidad de cada una de ellas.

Antonio Gálvez, Socio Director de Gálvez Villar Abogados.

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