Solo entre enero y mayo de 2019 se han formalizado 15.810 contratos de formación, un tipo de contrato de trabajo dirigido a jóvenes de entre 16 y 24 años (inclusive) que carecen de formación y experiencia, y que se encuentran en situación de desempleo. Coincidiendo con el incremento de contrataciones que se producen en el periodo estival, el centro de empleabilidad Audiolís ha realizado un decálogo con las diez principales características del contrato “más joven” del mercado laboral.
1. Un año de trabajo asegurado
Salvo determinadas excepciones, la duración mínima del contrato de formación es de un año, que se puede prorrogar por dos veces hasta alcanzar una duración máxima de 3. Una buena forma de asegurarse al menos año de experiencia, tan requerida en muchos puestos de trabajo, e ir construyendo un buen currículo profesional.
Supone también una oportunidad para que las empresas conozcan talento y creen una plantilla estable. La duración del contrato de formación es suficiente para descubrir la valía de los trabajadores.
2. Trabajo y formación simultáneos sin horas de más
La jornada laboral del contrato de formación es completa, de 40 horas semanales, que se repartirán entre trabajo efectivo en la empresa y formación online. En concreto, durante el primer año de contrato, los trabajadores dedicarán un 75% de su tiempo a trabajo efectivo y un 25% a formación. En el segundo y tercer año dedicarán un 85% y 15%, respectivamente.
La formación está relacionada con su puesto, lo que permite al trabajador desenvolverse cada vez con mayor soltura.
3. El trabajo es remunerado y la formación gratuita
Evidentemente, el trabajo es remunerado y la formación gratuita tanto para los trabajadores como para la empresa. En ese sentido, el sueldo no puede ser nunca inferior al Salario Mínimo Interprofesional, en proporción al porcentaje de la jornada laboral destinado al trabajo. Por ejemplo, el primer año, donde el porcentaje de trabajo efectivo es del 75%, el salario mínimo a percibir nunca podrá ser inferior a 675 euros (75% de 900 euros).
4. La formación se puede hacer desde cualquier lugar
La formación que recibe el trabajador es en modalidad online. Esto significa que los trabajadores podrán llevar a cabo su actividad formativa desde cualquier sitio.
5. Titulación oficial si se realiza la formación
El carácter formativo de este contrato permite a los trabajadores obtener una titulación a la par que realizan su trabajo remunerado, siempre y cuando se realice correctamente la formación.
En concreto, se trata de un certificado de profesionalidad, un título oficial que acredita que esa persona posee las competencias necesarias para desempeñar un oficio.
6. Sin horas extras
Un detalle muy importante del contrato de formación es la prohibición de realizar horas extras. Los trabajadores tendrán que trabajar únicamente las horas de su contrato y las horas de formación deben ser respetadas.
7. Sin trabajos nocturnos
Tampoco están permitidos los turnos de noche. Es decir, entre las 22:00h y las 06:00h.
8. Tiene descansos
El contrato de formación contempla descansos diarios y semanales para los trabajadores. En este sentido, entre una jornada y otra debe haber al menos doce horas. Y semanalmente los trabajadores tienen un descanso de un día y medio consecutivo. Si fueran menores de 18 años, el descanso será de dos días ininterrumpidos.
9. Vacaciones
Al igual que otros contratos, el de formación tiene período de vacaciones. Habrá que revisar el convenio colectivo propio de la empresa y, en cualquier caso, nunca podrá ser inferior a los 30 días naturales por año trabajado.
10. Cotizan y acumulan desempleo
Al igual que otros contratos, los trabajadores con contrato de formación están cotizando a laSeguridad Social. Así, cuando finalice el contrato y siempre que se cumplan las condiciones, el trabajador podrá solicitar su prestación por desempleo.
Desde enero de 2019, el contrato de formación es el único tipo de contrato bonificado que existe, ya que el Gobierno ha eliminado el resto de contratos bonificados que había hasta el momento. Esto significa que es la única modalidad contractual que permite a las empresas obtener beneficios fiscales, ya que permite crear oportunidades y mejorar la empleabilidad en uno de los sectores más afectados por el paro en nuestro país: los jóvenes.
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